8) Cite 3 ilícitos tributarios: Formales, Materiales y Penales.
Constituye ilícito tributario toda acción u omisión violatoria de las normas tributarias. Los ilícitos tributarios se clasifican en:
1. Ilícitos formales.
a) No inscribirse en los registros exigidos por las normas
tributarias
b) No emitir, o exigir facturas
c) No llevar libros o registros contables y proporcionar
información parcial, insuficiente o errónea.
2. Ilícitos relativos a las especies fiscales y gravadas.
Son originados por incumplir
deberes formales como:
a) Ejercer la industria o importación de especies gravadas
sin debida autorización.
b) Comercializar o expender en el territorio nacional
especies gravadas destinadas a la exportación o al consumo en zonas francas,
puertos libres, u otros territorios sometidos a régimen aduanero.
c) Expender especies fiscales aunque sean de ilícita
circulación sin autorización.
3. Ilícitos materiales.
son aquellas faltas inherentes a la omisión o retraso de los
montos de los tributos gravados por la Administración Tributaria tales como:
a) El retraso u omisión en el pago de tributos o sus
porciones
b) El retraso u omisión en el pago de anticipos.
c) El incumplimiento de la obligación de retener o percibir
tributos.
4. Ilícito sancionado con pena restrictiva de libertad.
Se establecen como ilícitos tributarios sancionados
con pena restrictiva de libertad:
a) La defraudación fiscal
b) La falta de enteramiento de anticipos por parte de los
agentes de retención o percepción
c) la divulgación o el uso personal o indebido de información
confidencial
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