8) Cite 3 ilícitos tributarios: Formales, Materiales y Penales.

Constituye ilícito tributario toda acción u omisión violatoria de las normas tributarias. Los ilícitos tributarios se clasifican en: 

1. Ilícitos formales. 

     Son originados por incumplir deberes formales como:

        a) No inscribirse en los registros exigidos por las normas tributarias

        b) No emitir, o exigir facturas

        c) No llevar libros o registros contables y proporcionar información parcial, insuficiente o errónea.


2. Ilícitos relativos a las especies fiscales y gravadas. 

    Son originados por incumplir deberes formales como:

        a) Ejercer la industria o importación de especies gravadas sin debida autorización.

        b) Comercializar o expender en el territorio nacional especies gravadas destinadas a la exportación o al consumo en zonas francas, puertos libres, u otros territorios sometidos a régimen aduanero. 

        c) Expender especies fiscales aunque sean de ilícita circulación sin autorización.


3. Ilícitos materiales. 

    son aquellas faltas inherentes a la omisión o retraso de los montos de los tributos gravados por la Administración Tributaria tales como:

        a) El retraso u omisión en el pago de tributos o sus porciones

        b) El retraso u omisión en el pago de anticipos.

        c) El incumplimiento de la obligación de retener o percibir tributos.


4. Ilícito sancionado con pena restrictiva de libertad.

    Se establecen como ilícitos tributarios sancionados con pena restrictiva de libertad:

        a) La defraudación fiscal

        b) La falta de enteramiento de anticipos por parte de los agentes de retención o percepción

        c) la divulgación o el uso personal o indebido de información confidencial 

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